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Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo. C103. Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm. 103)

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  • Convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 4 junio 1952 en su trigésima quinta reunión.
  • Artículo 5:
    1. Si una mujer lacta a su hijo, estará autorizada a interrumpir su trabajo para este fin durante uno o varios períodos cuya duración será determinada por la legislación nacional.
    2. Las interrupciones de trabajo, a los efectos de la lactancia, deberán contarse como horas de trabajo y remunerarse como tales en los casos en que la cuestión esté regida por la legislación nacional o de conformidad con ella; en los casos en que la cuestión esté regida por contratos colectivos, las condiciones deberán reglamentarse por el contrato colectivo correspondiente.

(Convenio C103 - Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm. 103), s. f.)

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Grupo de expertos de proteínas y calorías de las Naciones Unidas

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  • Reporta preocupación por la nutrición infantil.

(Historia de la nutrición en salud pública, s. f.)

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http://www.fao.org/3/T3550E/t3550e07.jpg
  • Jelliffe DB. Commerciogenic malnutrition? Nutr Rev. 1972 Sep;30(9):199-205.
  • Malnutrición comerciogénica. (D. B. Jelliffe, 1972)

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  • Reporte de la asociación War on Want sobre la promoción y venta de leches en polvo en países en vías de desarrollo.
  • War on Want solicita al gigante productor de leche en polvo detenga la imposición de sus productos en hospitales, así como la promoción de sustitutos de la leche materna en comunidades vulnerables y con alto riesgo de contraer enfermedades por no tener acceso a agua potable.

(War on Want, s. f.)

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  • Se traduce The baby killer scandal por la organización Swiss aid con un cambio de nombre a Nestlé asesina bebés.
  • Nestlé declara que no puede responsabilizarse de las condiciones higiénicas de los países en vías de desarrollo y por la falta de educación de las madres que adquieren sus productos.
  • En 1975 se presenta la primera audiencia. En 1976 la justicia declaró que Swiss Aid debía cambiar el título del documento.
  • Se le recomienda a la empresa que, si quiere evitar los comentarios respecto a su modelo de negocio en países en vías de desarrollo, replantee su estrategia de mercadeo y publicidad.

(Baby Milk Action Resources Centre, s. f.; War on Want, s. f.)

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  • Prohíbe los anuncios de biberones.
  • Biberones y tetinas se pueden adquirir únicamente con receta médica.

(Baby Milk Action Resources Centre, s. f.; War on Want, s. f.)

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  • El boicot a Nestlé a nivel mundial se intensificó en parte por las audencias en el senado de los Estados Unidos de la sesión del 23 de mayo de 1973 “Fórmulas infantiles en países en desarrollo” atinadamente coordinadas por el Senador Edward Kennedy. Le invitamos a ver el video de la audiencia en Youtube:
Kennedy Hearings 1978

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  • Publican Leche humana en el mundo moderno por la Oxford University Press.
  • Autores de diversos artículos en Advances in International Maternal and Child Health.

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  • Red Mundial de grupos Pro-Alimentación Infantil que se funda después de una declaración en consenso de la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia.

(International Baby Food Action Network, s. f.)

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  • Se reporta el caso de los infantes atendidos en la University of the West Indies en Kingston, Jamaica.
  • El pediatra se sorprende por su condición: el bebé de 4 meses pesaba solo 2.2 kilos y la niña de 18 meses, 5.4 kilos.

(Solomon, 1981)

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  • Nota: se revisará en otra sesión.

(Organización Mundial de la Salud, 1981)

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  • Reconocido desde 1994 por la Comisión Nacional de Agencias de Certificación de Estados Unidos.
  • Ha certificado aproximadamente a más de 32,500 IBCLC en 122 países.

(«Español», 2017)

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  • La visionaria Declaración de Innocenti estableció una agenda internacional que afirmaba que el derecho de todo niño al mejor estándar de salud posible se logra a través de mejores prácticas de amamantamiento e instó a los gobiernos a:
  • Establecer comisiones nacionales y la figura de coordinador nacional de lactancia materna.
  • Garantizar servicios de maternidad adecuados cumpliéndose los 10 pasos para una lactancia exitosa.
  • Renovar esfuerzos para llevar a la práctica el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.
  • Promulgar una legislación creativa que proteja el derecho a la lactancia materna de toda madre trabajadora.

(Declaración de Innocenti 1990)

Convención sobre los Derechos del Niño, 1990

  • Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989
  • Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49.
  • Artículo 24:

1. Los Estados Parte reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Parte se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios.

2. Los Estados Parte asegurarán la plena aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas para:

a) Reducir la mortalidad infantil y en la niñez;

b) Asegurar la prestación de la asistencia médica y la atención sanitaria que sean necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de la atención primaria de salud;

c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente;

d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres;

e) Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la aplicación de esos conocimientos.

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  • La Iniciativa Hospital Amigo del Niño es un esfuerzo mundial de la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia para implementar prácticas que protejan, promuevan y apoyen la lactancia materna.
  • Propuesta como una respuesta a la Declaración de Innocenti.

(OMS | Iniciativa Hospital Amigo del Niño 1991, s. f.)

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  • Reactivar los esfuerzos encaminados a proteger, promover y apoyar la alimentación apropiada del lactante y del niño pequeño.
  • Basada en iniciativas anteriores, en particular la Declaración de Innocenti y la Iniciativa Hospital Amigo del Niño.
  • Aborda las necesidades de todos los niños, incluidos los que viven en circunstancias difíciles, como los hijos de madres con VIH, los lactantes con insuficiencia ponderal al nacer y los que viven en situaciones de emergencia.
  • Es el marco de orientación que la Organización Mundial de la Salud utiliza para establecer prioridades en las actividades de investigación y desarrollo sobre alimentación del lactante y del niño pequeño, y para proporcionar apoyo técnico a los países a fin de facilitar su aplicación.

(WHO, 2003)

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  • Empoderen a las mujeres en lo que respecta a sus derechos y proveedoras de apoyo a la lactancia materna y de información a otras mujeres.
  • Apoyen la lactancia materna como la norma de alimentación de lactantes y de niños pequeños.
  • Hagan hincapié en los riesgos de la alimentación artificial y las consecuencias para la salud y el desarrollo a lo largo del ciclo de la vida.
  • Velen por la salud y nutrición de las mujeres en todas las etapas de la vida.
  • Protejan la alimentación en situaciones de emergencia, incluyendo el apoyo a la lactancia materna ininterrumpida y la alimentación complementaria apropiada, además de evitar la distribución general de los sucedáneos de la leche materna.
  • Implementen el Marco Para una Acción Prioritaria: VIH y alimentación infantil, incluyendo la protección, la promoción y el fomento a la lactancia materna para la población general y la consejería y apoyo a madres VIH-positivas.
  • Trece acciones para los gobiernos.
  • Dos, para los fabricantes y distribuidores de productos comprendidos en el Código Internacional.
  • Dos, para organizaciones no gubernamentales de interés público.

(Declaración de Innocenti 2005)

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  • II. Acciones de orientación y vigilancia institucional, fomento para la lactancia materna, promoviendo que la leche materna sea alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida y complementario hasta avanzado el segundo año de vida y, en su caso, la ayuda alimentaria directa tendiente a mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil.

(DOF - Diario Oficial de la Federación. PROGRAMA SECTORIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024, s. f.)

  • Plantea, por primera vez en México, proteger a las madres que desean amamantar, de la propaganda comercial sin ética de las compañías de sucedáneos de leche materna.

(Estrategia Nacional de Lactancia Materna, 2014)

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  • Asociación civil que agrupa a los Consultores Certificados en Lactancia Materna por el Consejo Internacional de Certificación IBLCE® en México.

(Acclam, 2020)

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  • 5.2.2 Fortalecer la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna, para fomentar la nutrición y la vida saludable de las niñas y niños
  • Se publica en español la guía en que se basa este curso.

(DOF - Diario Oficial de la Federación. PROGRAMA SECTORIAL DERIVADO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2019-2024, s. f.)